Este jueves 27 de octubre, organizaciones de la sociedad civil intervendrán en la audiencia temática sobre la implementación de las medidas cautelares de personas defensoras en Colombia, en el 185° periodo de sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
La audiencia fue solicitada en razón de las graves falencias en la implementación de las medidas cautelares otorgadas por la CIDH a personas defensoras. Según datos de Indepaz, desde la firma del Acuerdo de Paz y hasta el 15 de julio de 2020, 971 líderes sociales y defensoras de derechos humanos han sido asesinados, de los cuales 250 son miembros de comunidades indígenas y 71 son personas afrodescendientes. Pese a que la Fiscalía emitió una directiva para investigar los crímenes contra personas defensoras, la impunidad sigue siendo la regla y Colombia sigue siendo uno de los países más peligrosos para el ejercicio de la defensa de derechos humanos.
Las fallas en la implementación de las medidas cautelares comienzan con la falta de concertación adecuada con las personas beneficiarias de las mismas. Igualmente, el enfoque reactivo impide la actuación sobre los agentes que generan en riesgo y la implementación de acciones preventivas y garantías de no repetición.
La actual implementación de las medidas cautelares tampoco incorpora adecuadamente los enfoques étnicos, de género ni interseccionales, no reconoce la cosmovisión y estructuras propias de los pueblos étnicos, los entornos de vida y territorios y las necesidades específicas de las personas beneficiarias, por lo que, por ejemplo, se priorizan medidas de protección individual o diseñadas para contexto urbanos para beneficiarios que viven en la ruralidad. Además, no se reconoce ni incluye en las medidas a sus grupos familiares.
Pero también se expresan en la activación de rutas de protección con poca participación de las defensoras y los defensores sujetos de protección, demoras en la aplicación de los esquemas y hasta vehículos con averías, chalecos antibalas en mal estado o que no se adecuan físicamente al cuerpo de la persona beneficiaria, teléfonos o botones de pánico que no funcionan, números telefónicos de las líneas de emergencia que se encuentran registrados por terceros, cuando deberían ser de conocimiento y uso exclusivo de la Unidad Nacional de Protección (UNP) y de la persona beneficiaria.
Al momento de otorgar una medida cautelar, la CIDH valora que existe un riesgo grave e inminente que el Estado no puede desconocer. El actual procedimiento realiza nuevas valoraciones de riesgo que incluso pueden ir en contra de la decisión interamericana, cuyo carácter vinculante ha sido reconocido en numerosas ocasiones por la Corte Constitucional.
Consideramos que estamos frente una gran oportunidad para que el Estado colombiano transforme el paradigma de abordaje en la implementación de las medidas cautelares. Que pase de un enfoque esencialmente reactivo a la adopción de un enfoque preventivo e integral ante las agresiones a personas defensoras.
Para ello, las organizaciones presentamos a la CIDH y al Estado una propuesta de protocolo , así como otras recomendaciones encaminadas a asegurar una debida implementación del mecanismo de medidas cautelares en favor de las personas defensoras.
Centro por la Justicia y el Derecho Internacional –CEJIL-
Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo” –CAJAR-
Comité de Solidaridad con los Presos Políticos –CSPP-
Comisión Colombiana de Juristas –CCJ-
Comisión Intereclesial de Justicia y Paz –J&P-
Corporación Instituto Internacional sobre Raza, Igualdad y Derechos Humanos – Raza e Igualdad-.
Corporación Reiniciar
Corporación Sisma Mujer