Mediante fallo del 13 de mayo de 2026, el Juzgado 58 Civil del Circuito de Bogotá ordena:
“a Senadora de la República MARÍA FERNANDA CABAL MOLINA, que dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de lo aquí decidido, rectifique la información contenida en la entrevista de 29 de octubre de 2025 ante el medio de comunicación “La Silla Vacía”, en el sentido de aceptar y reconocer que sus declaraciones contienen información inexacta sobre el exterminio de la Unión Patriótica y la responsabilidad del Estado Colombiano en tales hechos, y se sujete a la verdad judicial establecida en la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el caso “Integrantes y Militantes de la Unión Patriótica vs. Colombia, emitida el 27 de julio de 2022”.
Así mismo, la accionada deberá presentar una disculpa pública a las víctimas e integrantes del partido político Unión Patriótica, de cara la restauración de sus derechos a la verdad, memoria colectiva, justicia y reparación integral de las víctimas representadas por la Corporación para la Defensa y Promoción de los Derechos Humanos REINICIAR.
Finalmente, deberá abstenerse, en lo sucesivo, de volver a incurrir en conductas como las que aquí se reprochan frente a la verdad judicial establecida en instancias internacionales y memoria colectiva de la Unión Patriótica, y se abstendrá de difundir discursos que reproduzcan las estigmatizaciones frente a sus integrantes, desaprobadas en la referida sentencia.
Para esos efectos, la Doctora MARÍA FERNANDA CABAL MOLINA expedirá un comunicado donde se precise todo lo anterior y lo dará a conocer con las mismas condiciones de difusión que tuvo el mensaje que originó la presente acción de tutela, a través de los mismos canales que utilizó inicialmente, de todo lo cual deberá informar a este despacho”.
En lo demás CONFIRMAR el fallo de tutela proferido por el Juzgado 45 Civil Municipal de Bogotá, de fecha 24 de marzo de 2026, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia”.
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